Condiciones
generales de venta:
1. Los elementos ofertados se garantizan contra cualquier defecto
de fabricación o material empleado en la misma por el periodo
indicado en la oferta, a partir de la fecha de envío a
la parte compradora.
2. No será válida la garantía si concurre
alguna de las siguientes circunstancias: Uso inadecuado, materiales
cambiados, influencias químicas, electroquímicas
o eléctricas, siempre que no puedan atribuirse a PEGAMO
NAVARRA, S.A. Tampoco será válida en el caso de
averías o daños derivados del montaje cuando éste
haya sido realizado y/o proyectado por parte del cliente o por
terceras personas no autorizadas expresamente por PEGAMO NAVARRA
S.A. La garantía no tendrá efecto ante cualquier
incidencia derivada de la acción sobre las partes mecánicas
del elemento suministrado por personal no autorizado por PEGAMO
NAVARRA, S. A.
3. No están cubiertas otras garantías explícitas
o implícitas y PEGAMO NAVARRA, S.A. no se hace responsable
bajo ninguna circunstancia de otros daños o perjuicios
que pudieran ocasionarse diferentes de los sufridos por el elemento
suministrado.
4. Las reparaciones se realizarán en nuestros talleres
o en los del cliente, a elección de PEGAMO NAVARRA, S.A.
5. El precio salvo pacto en contrario se entenderá puesto
en nuestros talleres, corriendo a cargo del Cliente los gastos
de transporte del material.
6. El material entregado no se considerará propiedad de
la parte compradora mientras ésta no haya satisfecho a
PEGAMO NAVARRA, S.A. la totalidad del precio pactado, considerándose
mientras tanto dicho material en depósito irregular en
poder del cliente, autorizando éste a PEGAMO NAVARRA, S.A.
el acceso a sus instalaciones para recuperar el elemento en caso
de algún incumplimiento en el pago. El comprador no podrá
hipotecar, gravar, ni transferir el objeto de suministro, ni al
seguro ni a terceras personas, hasta el pago total de la mercancía.
7. La formalización por la parte compradora de su carta
de pedido supone la aceptación de las presentes Condiciones
Generales.
8. Para la resolución de cualquier discrepancia acerca
de la interpretación o cumplimiento del presente contrato,
queda a elección del suministrador la elección del
fuero al que considere oportuno someterse. |